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Por Redacción Concordia
Directo
29 de octubre de 2014
Sra. Presidente de la Nación
Señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos
Desde
EL IX FORO CONTRA EL FRACKING celebrado el 25 de octubre de 2014, en la Ciudad
de Concordia, Entre Ríos, a pocas horas de votar en el Congreso de la Nación un
nuevo proyecto de ley de hidrocarburos, MANIFESTAMOS:
1º)
Que las Organizaciones no gubernamentales, en su gran mayoría Asambleas
Ambientales y Foros contra el fracking de todas las provincias de la República
Argentina, NO HEMOS SIDO CONSULTADOS, a pesar de que hace tiempo venimos
trabajando, investigando e informando acerca del perjuicio y las nefastas
consecuencias ambientales que acarrean ciertos tipos de explotación, ya sean
mineras o petroleras.
2º)
Que Demandamos y exigimos como organización y como ciudadanos que se den a
conocer los contratos de inversión con las multinacionales extractivistas aún
con cláusulas secretas, como así las leyes de inversiones extranjeras en las
que se enmarcan y/ u otras leyes aún vigentes –que no han sido derogadas – y
cuya divulgación posibilitaría interpretar, y/o comprender cómo se legaliza y
pretende legitimarse un negociado que sólo favorece a los capitales extranjeros
y crea –por ley- “nuevos estados” dentro de nuestros territorios, mientras
tanto los verdaderos afectados somos los ciudadanos que exponemos y perdemos el
cuerpo, el agua, la tierra y la vida motivo por el cual EXIGIMOS HAGAN PÚBLICOS
DICHOS CONTRATOS DE INVERSIÓN.
3º)
Que como hechos concretos y actos de injusticia que se vinculan exponemos lo
actuado por el juzgado Federal de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, en
oportunidad que asambleístas manifestaban ante el paso de camiones que
transportaban equipos sísmicos para investigación, y que fueran reprimidos por
Gendarmería Nacional en la Ruta A015 el 03-8-14 e imputados. Considerando el
tiempo transcurrido y los errores administrativos –de procedimientos- por parte
del juez Pablo Andrés Seró, nos autorizamos a calificar desde este ámbito “el
juicio como falso y al tribunal como inicuo”, de modo que exigimos se declaren
nuestros cinco militantes ambientales libres de culpa y cargos.-
4º)
Que sabemos que en nuestro sistema el pueblo no delibera ni gobierna, sino por
medio de sus representantes y autoridades creadas por la Constitución Nacional
(Art. 22). Pero también sabemos que nos respaldan Nuevos Derechos y garantías
expresados a partir del Art. 36 dónde se nos garantiza el “pleno ejercicio de
los derechos políticos” (Art. 37) y fundamentalmente el Art. 41 referido al
“derecho de los habitantes y las generaciones futuras a un ambiente sano” y la
obligación de las autoridades de proveer la protección de este derecho y la utilización
“racional” de los recursos naturales y la preservación del patrimonio natural y
cultural. También se establece en este artículo que “el daño ambiental generará
prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.”
5º)
Que por todo lo expresado en los puntos anteriores, es imperioso e
imprescindible que se nos escuche y en todo caso se provea la generación de
mecanismos que habiliten una praxis política, como sería instituir canales de
participación que posibiliten la información, discusión y constitución de
LICENCIA SOCIAL o NO para la implementación de proyectos y /o políticas que
directa o indirectamente nos involucran, a los efectos de mejorar una
imperfecta Democracia Representativa a través de canales de participación y deliberación
popular.
Asamblea
Ciudadana Concordia; Asamblea Ciudadana Ambiental Concepción del Uruguay;
Asamblea Popular Ambiental Colón Ruta 135; Asamblea Ciudadana Ambiental
Gualeguaychú; Foro Waj Mapu Chajarí; Entre Ríos Libre de Fracking; Todos por Todos
San Salvador; Gladys Do Nascimento, Comunidad Charrúa; Tirso Fiorotto,
Periodista Disertante en el Foro y miembro de J.A.P.L (Junta Americana por Los
Pueblos Libres).
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