El
permiso Cronos es un permiso de investigación de hidrocarburos concedido
oficialmente a Frontera Energy Corporation en mayo de 2013
Publicado en El País
Por Reyes Rincón
27 de abril de 2016
El Supremo da respaldo judicial al plan de ‘fracking’
en Guadalajara y Soria
El
tribunal avala el proyecto Cronos que prevé prospecciones en 96.000 hectáreas
El proyecto de fracking
Cronos, situado entre las provincias de Guadalajara y Soria, podrá seguir
adelante. El Tribunal Supremo ha avalado el permiso que el Gobierno concedió en
2013 al grupo Frontera Energy Corporation para la prospección de hidrocarburos
mediante la polémica técnica de fractura hidráulica en 96.000 hectáreas y que
fue recurrido por Ecologistas en Acción. La sala de lo Contencioso ha
desestimado todos los argumentos de los ecologistas, que sostenían que el
proyecto no incluía la evaluación ambiental preceptiva.
La sentencia del Supremo, de la
que ha sido ponente el magistrado Eduardo Calvo, cree que no hay razones para
anular el real decreto estatal por el que se reguló el permiso del
proyecto. Los ecologistas, que pedían que se revocara la autorización, aseguran
que el programa no contempla las medidas de protección requeridas en la Ley
del Sector de Hidrocarburos, omite la evaluación ambiental e infringe la
directiva sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las
autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos.
Sin esta documentación, el
Gobierno no puede garantizar que el proyecto no cause impacto en las aguas
superficiales y subterráneas y espacios naturales de la zona, aseguran los
ecologistas. Pero el Supremo no acepta ninguna de sus alegaciones. Los jueces
creen “suficientes” las medidas que recoge el documento que aportó la empresa y
cita su propia jurisprudencia para afirmar que “no es exigible” que la
evaluación ambiental estratégica o la declaración de impacto ambiental se presenten
antes de que se conceda el permiso de investigación.
El proyecto dura seis años y
tiene una inversión prevista de 15 millones de euros. Para la primera fase del
programa solo se contemplan sondeos, sin utilizar aún la técnica de fracking y
esta exploración, según el Supremo, no puede afectar “en nada” a los acuíferos
subterráneos. “Solo en un momento posterior, en caso de que se decida perforar
en determinadas localizaciones, habrán de obtenerse las correspondientes
autorizaciones administrativas y de iniciarse el estudio de impacto
medioambiental del sondeo a fin de adoptar las medidas de protección ambiental
que se establezcan como necesarias”, concluyen los jueces.
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