Mariano
Rajoy en una reciente visita con la campaña electoral a las islas Baleares / Miquel
Vidal, Mariano Rajoy y Mateo Isern durante el mitin en Palma. J. SERRA
/ Diario El Mundo
Publicado en RTVE.es
/ Agencias
11 de diciembre de 2015
Considera
que la norma autonómica invade competencias del Estado
Baleares
es la cuarta comunidad que fracasa al intentar prohibir el fracking
El Pleno del Tribunal
Constitucional (TC) ha declarado
inconstitucional la ley de Baleares que prohíbe el uso de
la técnica de la fractura
hidráulica para la extracción de gas (fracking) en su territorio, al considerar que ha
invadido competencias del Estado, según una sentencia publicada este viernes en
el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Alto Tribunal considera
inconstitucional y nulo el art. 47 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de
Medidas Tributarias y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Illes Balears
porque es "contrario al orden
constitucional de distribución de competencias, el
establecimiento de prohibiciones genéricas, absolutas en incondicionadas, como
son las que se contemplan en el precepto controvertido".
La sentencia también considera
que la declaración genérica de todo el
territorio de una Comunidad Autónoma como no registrable para actividades
mineras no es una medida proporcionada, y que permita
"armonizar la protección del medio ambiente con la explotación de los
recursos económicos".
Baleares es la cuarta comunidad autónoma que sufre un varapalo en
los tribunales al intentar prohibir el fracking.
El Constitucional tiene suspendida la aplicación de una ley de La Rioja sobre el mismo
asunto, aprobada en junio de 2013, y un año más tarde declaró inconstituciónal
una ley regional para prohibir la fractura hidraúlica en Cantabria por considerar
que vulneraba la Ley
del Sector de Hidrocarburos.
Además anuló en diciembre de
2014, la norma de la Comunidad Foral de Navarra que prohibía el fracking como técnica de
investigación y extracción de gas no convencional.
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