Diariamente
Neuquén
16 de mayo de 2017
El Tribunal Superior de
Justicia de Neuquén suspendió la aplicación de la ordenanza “anti fracking”
sancionada en Vista Alegre, al aceptar la presentación realizada por la
Fiscalía de Estado de la provincia, que había planteado la inconstitucionalidad
de la norma municipal.
El tribunal dio lugar al
recurso mediante resolución interlocutoria Nº7/17, y suspendió la aplicación de
la ordenanza 783/16 de Vista Alegre, que prohibía la técnica de fractura
hidráulica o fracking en el ejido municipal de la demandada.
Además, el máximo tribunal
declaró la admisión formal de la acción de inconstitucionalidad planteada por
la fiscalía de Estado.
Si bien no decidió al respecto,
el aceptarlo implicó que el planteo judicial fue presentado de acuerdo con las
normas previstas, y que la Corte neuquina será la que resuelva si,
efectivamente, la norma municipal contradice la Constitución Provincial.
Ante una presentación de un
grupo de personas para ser admitidas como “amigos del Tribunal”, se resolvió
que deberán acreditar una serie de requisitos para que el planteo pueda ser
analizado.
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